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Tal y como se indica en el artículo
38 de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema
Educativo: "Las enseñanzas artísticas tendrán
como finalidad proporcionar a los alumnos una formación artística
de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales
de la música, la danza, el arte dramático, las artes
plásticas y el diseño".
Según el Decreto 127/1994, de 7 de
junio:
"Los objetivos educativos generales, se han de desarrollar
a través de los objetivos de cada una de las asignaturas
del grado elemental, y todos ellos se formularán en términos
de capacidades. En cada asignatura se incluyen los contenidos de
diversa naturaleza, referidos a conceptos, a procedimientos y habilidades,
y a actitudes, valores y normas.
Los objetivos del grado elemental de música deberán
contribuir a que los alumnos y alumnas desarrollen las siguientes
capacidades:
· Apreciar la importancia de la música como lenguaje
artístico y medio de expresión cultural de los pueblos
y de las personas en el ámbito universal andaluz.
· Expresarse con sensibilidad musical y estética para
interpretar y disfrutar la música de las diferentes épocas
y estilos, y para enriquecer sus posibilidades de comunicación
y de realización personal.
· Tocar el correspondiente instrumento en público,
con la necesaria seguridad en sí mismos, para comprender
la función comunicativa de la interpretación musical.
· Interpretar música en grupo habituándose
a escuchar otras voces o instrumentos y a adaptarse equilibradamente
al conjunto.
· Ser conscientes de la importancia del trabajo individual
y adquirir las técnicas de estudio que permitan la autonomía
en el trabajo y la valoración del mismo.
· Valorar el silencio como elemento indispensable para el
desarrollo de la concentración, la audición interna
y el pensamiento musical.
· Conocer y valorar el patrimonio cultural e histórico
de Andalucía en su dimensión artística concerniente
a la música.
La metodología educativa en el grado
elemental ha de desarrollar la personalidad y la sensibilidad del
alumno o alumna, fomentar la creatividad artística, estimular
al alumnado ante el hecho artístico relacionado con la música
y potenciar el desarrollo de sus posibilidades. Para ello se debe
favorecer contextos y situaciones de aprendizaje que supongan un
marco adecuado para la observación de técnicas, elementos
y procesos propios de la música, así como la utilización
de las experiencias, vivencias y conocimientos propios de los alumnos
y alumnas.
Los criterios de evaluación deberán orientar acerca
de los aprendizajes que se espera que alcancen los alumnos y alumnas
en cada una de las asignaturas por lo que deberán ser valorados
con flexibilidad en el contexto de los objetivos educativos. Han
de servir, asimismo, al profesorado para evaluar, además
de los aprendizajes de los alumnos y alumnas, los diferentes elementos
que intervienen en el proceso de enseñanza y su propia práctica
docente.
En suma, el horizonte formativo del grado
elemental es el de promover la autonomía de los alumnos y
alumnas para que su capacidad de expresión a través
de la música adquiera el nivel artístico necesario
que les permita acceder en el grado medio a la especialización
correspondiente. A todo ello ha de contribuir el curriculum y toda
la acción educativa, tanto la desarrollada en cada una de
las asignaturas cuanto la ejercida a través de la tutoría
y la orientación educativa."
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